San Jos‚ de Balcarce, 27 de septiembre de 1982.- EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO en uso de las atribuciones que le confiere la Ordenanza Especial N§ 422 del 22 de setiembre de 1982.-, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ----------------- ARTICULO 1.- F¡jase en la suma de Pesos Un mill¢n ciento cincuenta y ------------ tres mil trescientos setenta y uno ($ 1.153.371.-) el sueldo m¡nimo para los agentes municipales mayores de dieciocho (18) a¤os que cumplan con el horario normal completo de la Administraci¢n Municipal.----------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- El agente que se desempe¤e como Jefe de Departamento o ------------ en categor¡as inferiores y que deba cumplir labores ex- traordinarias fuera del horario normal, ser  retribu¡do por hora y en funci¢n directa del sueldo y de su jornada habitual de trabajo. A los efectos indicados precedentemente se entiende por sueldo del agente las retribuciones que ‚ste perciba en concepto de Sueldo B sico, Bo- nificaci¢n por Antigedad y todo otro concepto sujeto a aportes jubi- latorios. Cuando el trabajo se realice en horario nocturno y/o d¡as feriados, el valor de la hora se le adicionar  un cincuenta por cien- to (50%) de acuerdo a la reglamentaci¢n que dicte el Departamento Ejecutivo.----------------------------------------------------------- ARTICULO 3.- F¡jase la "Bonificaci¢n por Antiguedad" en cinco (5) m¢- ------------ dulos por mes y por a¤o de antigedad para todo agente de la Administraci¢n Municipal.-------------------------------------- ARTICULO 4.- F¡jase el "Premio a Conductores" en doce (12) m¢dulos ------------ como m ximo, por mes para los agentes que por su dedica- ci¢n, esmero en las tareas que realizan y cuidado del equipo que tie- nen asignado se hagan acreedores al mismo de acuerdo con la reglamen- taci¢n que dicte el Departamento Ejecutivo.-------------------------- ARTICULO 5.- F¡janse los "Gastos de Representaci¢n" del Intendente ------------ Municipal en la suma de Pesos Ocho millones ochocientos cincuenta y nueve mil quinientos cincuenta y cuatro ($ 8.859.554.-).- ARTICULO 6.- Para el personal Profesional del Organismo Descentrali- ------------ zado "Hospital Subzonal" se aplicar  el sueldo fijado para la Carrera M‚dico Hospitalaria aprobada por la Ordenanza Munici- pal N§ 361/75 y sus modificatorias.---------------------------------- ARTICULO 7.- Ot¢rgase al Personal T‚cnico del Organismo Descentrali- ------------ zado "Hospital Subzonal" una asignaci¢n por actividad cr¡tica que no podr  superar el cincuenta por ciento (50%) del sueldo b sico de la clase pertinente en la forma que por v¡a de la reglamen- taci¢n determine del Departamento Ejecutivo.------------------------- ARTICULO 8.- Ot¢rgase al Director de Obras y Servicios Municipales ------------ una asignaci¢n por "Dedicaci¢n Exclusiva" que no podr  superar el cincuenta por ciento (50%) del sueldo b sico de la clase pertinente en la forma que por v¡a de la reglamentaci¢n determine el Departamento Ejecutivo.---------------------------------------------- ARTICULO 9.- Los saldos que arrojan al cierre del ejercicio, las ------------ cuentas de recursos con afectaci¢n ser n transferidos al ejercicio siguiente incorpor ndolos al C lculo de Recursos. Correla- tivamente se ampliar  el Presupuesto de Gastos reforzando cr‚ditos en cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos, en ambos casos se respetar  el destino al que deben ser aplicados los fondos en cuesti¢n.--------------------------------------------------------- ARTICULO 10.- C£mplase, comun¡quese, tomen raz¢n a sus efectos las ------------- Secretar¡as Municipales, Contadur¡a, Tesorer¡a, Orga- nismo Descentralizado "Hospital Subzonal", Oficina de Prensa, comun¡- quese a la Subsecretar¡a de Gobierno y d‚se al Registro Oficial de Decretos y Ordenanzas.--------------------------------- -------------- ORDENANZA N§ 423.- ------------------